Modifican Ley del adulto mayor
Tienen derecho a asesoría jurídica, médica y psicológica
HOY EN EL PERUANO (28 ENE 2014)
Las personas adultas mayores tienen el derecho a acceder a programas de prevención y de rehabilitación en los servicios de salud y a participar en programas de capacitación en actividades culturales y laborales.
Igualmente tendrán derecho preferencial a acceder a servicios de asesoría jurídica, médica, psicológica y social.
Así lo ha establecido la Ley N° 30159, publicada en el diario oficial El Peruano el martes 28 de enero de 2014, que ha modificado los artículos 3 y 4 de la Ley de las Personas Adultas Mayores, Ley N° 28803.
Así, respecto al artículo 3 de la Ley de las Personas Adultas Mayores, se han adicionado los numerales 14 y 15 para establecer que estos tienen el derecho de acceder a programas de prevención y de rehabilitación en los servicios de salud, y participar en programas de capacitación en actividades culturales y laborales.
E igualmente se ha agregado un segundo párrafo del artículo 4 de la Ley de las Personas Adultas Mayores, para establecer que “El adulto mayor tiene derecho preferencial a acceder a servicios de asesoría jurídica, médica, psicológica y social”.
FUENTE; GACETA JURIDICA
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